domingo, 20 de octubre de 2013

La posible derogación de la doctrina Parot

Mañana el tribunal de Estrasburgo anunciará si anula o no la doctrina Parot. Las quinielas de la prensa nacional se inclinan claramente porque será derogada, pero veremos.
La verdad que este asunto es complicado. Por un lado, a nadie le gusta que los peores carniceros nunca pasen más de 20 años en prisión, aunque hayan matado a 20 personas o sumen la violación y asesinato de algún menor. Por otra parte, aunque no nos guste ni pueda gustarnos, no se pueden ignorar los principios de nuestro ordenamiento jurídico.  Como la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras del artículo 9.3 de la Constitución Española. Así como el de seguridad jurídica, del mismo artículo, miles de veces invocado tanto por la jurisprudencia de ñlos tribunales como por la doctrina jurídica. He aquí el principal problema de la doctrina Parot.

Y otra cosa. En términos criminológicos se habla mucho del móvil del delito. Es un asunto clave en cuanto al riesgo de reincidencia. Porque poco riesgo hay con los etarras, pues su móvil se insertaba claramente en lo que ellos consideran un «movimiento de liberación nacional». Si este ordena cesar la actividad armada, se acabó el móvil. Ahora bien, ¿qué pasa con aquellos a los que se ha aplicado la doctrina Parot y no son etarras? ¿Que pasa con Juan Manuel Valentín, que violó y mayó a Olga Sangrador (de 9 años)? ¿Qué pasa con Pedro Gallego, el violador del ascensor (18 violaciones y 2 asesinatos)? ¿Y con Miguel Ricart? condenado a 170 años de cárcel por el triple crimen de Alcásser. Un asunto espeluznante, del que se habló en este blog el pasado mes de noviembre, con motivo del 20 aniversario. El caso es que, en este tipo de delincuentes, el riesgo de reincidencia es mucho mayor. Si hay que soltarlos, esperemos que estén bien vigilados.

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